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El Tribunal Supremo ratifica las comisiones hipotecarias transparentes

El Tribunal Supremo ratifica las comisiones hipotecarias transparentes

El Tribunal Supremo ha confirmado que las comisiones de apertura de hipotecas son legales si son transparentes y razonables.

El Tribunal Supremo ha dictaminado recientemente que las comisiones de apertura de hipotecas son permisibles, siempre que sean transparentes y no excesivas. Estas comisiones deben estar claramente definidas, individualizadas y presentadas como un pago inicial único. El rango aceptable para estas comisiones es entre el 0,25% y el 1,5% del monto del préstamo.

A pesar de que muchos bancos han eliminado estas comisiones debido a la competencia, algunas instituciones como Bankinter y Unicaja continúan aplicándolas. La decisión del tribunal apoya la práctica de cobrar un porcentaje del préstamo hipotecario al momento de la emisión, siempre que se cumplan condiciones específicas para garantizar la transparencia.

El fallo establece que la comisión debe cubrir cualquier costo de estudio, concesión o procesamiento, formar parte de una única ‘comisión de apertura’, pagarse en una sola cuota y especificar claramente el monto, la forma y la fecha de liquidación. En un caso particular, una comisión de aproximadamente 700 euros, que representa el 0,65% del capital del préstamo, fue considerada transparente y proporcional.

Esta decisión sigue a un período de incertidumbre legal iniciado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en 2020, que cuestionó la validez de tales comisiones. El Tribunal Supremo ha establecido ahora criterios claros para determinar la legalidad de las comisiones de apertura de hipotecas, asegurando que cumplan con los estándares de transparencia y equidad.